segunda-feira, 13 de abril de 2009

PARA COMPRAR INMUEBLES USADOS HAY QUE ESPERAR DOS AÑOS Y PAGAR 6%

Blanqueo: ponen límites para la adquisición de departamentos
La vivienda debe ser nueva para poder disponer del dinero en forma inmediata.

EL Clarín - Argentina - 13/abr/09 - Por: Ismael Bermúdez

LA IDEA DEL GOBIERNO ES ESTIMULAR LA CONSTRUCCION.
Quien blanquee dinero que está en el país "debajo del colchón" o en una caja de seguridad o lo gire desde el exterior deberá depositarlo en una cuenta bancaria especial. Y no podrá disponer del depósito por dos años, salvo excepciones muy específicas: que lo destine a la compra de títulos públicos nacionales (bonos), a la adquisición de viviendas nuevas, a la finalización de obras en curso, al financiamiento de obras de infraestructura y a inversiones inmobiliarias, agroganaderas, industriales, turísticas o de servicios, todas ellas en el país. En estos casos el impuesto del blanqueo es del 1% o del 3% si adquiere bonos.

Así, por ejemplo, quien quiera comprar un departamento usado o utilizar el dinero para un gasto personal deberá esperar al menos dos años para disponer del depósito. En esos casos, el impuesto es del 6% sobre el monto blanqueado.

En cambio, si el departamento es nuevo, desembolsa el 1% y dispone en cualquier momento, parcial o totalmente, del dinero blanqueado para concretar esa operación.

La diferencia entre la disponibilidad inmediata del dinero del blanqueo para emprendimientos nuevos es para estimular la construcción y las inversiones, mientras que la indisponibilidad por dos años para los demás casos tiene por objetivo impulsar con el dinero blanqueado los créditos bancarios a iniciativas de terceros, según explicaron a Clarín fuentes de la AFIP. Justamente el Banco Central indicó que los bancos que reciban los depósitos por el blanqueo "deberán destinar los recursos a líneas especiales de créditos al sector productivo".

El dinero blanqueado podrá estar depositado en pesos o en moneda extranjera, y devengará la tasa de interés que ofrezca cada banco, "a partir de los 30 días de la constitución del depósito". Pero quien blanquee moneda extranjera primero deberá convertirla a pesos al tipo de cambio comprador y luego adquirir la divisa al tipo vendedor, si quiere mantener el depósito en moneda extranjera. Este movimiento implica un costo adicional, por la diferencia entre el tipo de cambio comprador y el vendedor.

También quien quiera blanquear dinero pero sin traerlo a la Argentina pagará el 8% y deberá identificar "país y ciudad donde está radicada la cuenta, apellido y nombre o denominación y domicilio del titular, moneda, importe y saldo al 31 de diciembre de 2007", informó el Banco Central.

En esos casos, los datos de la persona que remite los fondos del exterior deberán coincidir con los del beneficiario de esa transferencia en el país. Pero se admitirá también si el dinero proviene del cónyuge, de sus ascendientes o descendientes de primer grado. Además, los fondos deberán tener su origen en bancos del exterior "sujetos a las normas de prevención de lavado de dinero".

A su vez, si una persona tenía al 31 de diciembre de 2007 dinero en una caja de seguridad y, antes del 24 de diciembre del año pasado, compró un inmueble, deberá informar a la AFIP el destino que le dio a dichos fondos, identificando la inversión realizada.

El régimen de blanqueo de capitales comenzó el 1º de marzo y estará vigente hasta el 31 de agosto.

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